La reforma del Reglamento de Circulación ya está en vigor con nuevas obligaciones para conductores y usuarios vulnerables
Patinetes, bicicletas, motocicletas, autocaravanas y circulación ante retenciones o nieve estrenan nuevas reglas desde ayer 1 de octubre
La reforma del Reglamento General de Circulación comenzó a aplicarse este jueves 1 de octubre de 2026 con modificaciones que afectan a distintos usuarios de las vías, especialmente peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal.
El cambio se articula mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, y supone una actualización de las reglas de circulación tanto en vías interurbanas como en entornos urbanos.
Patinetes y VMP
La nueva regulación establece en 15 años la edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal.
Los usuarios de estos vehículos deberán llevar casco de protección homologado o certificado. Asimismo, cuando circulen entre el ocaso y la salida del sol o en condiciones que reduzcan sensiblemente la visibilidad, deberán disponer de al menos un elemento luminoso o reflectante visible a una distancia mínima de 150 metros.
La obligación de llevar permanentemente encendido el alumbrado de los VMP, sin embargo, no entra todavía en vigor: su aplicación se ha aplazado hasta el 1 de octubre de 2027.
Nuevas condiciones para adelantar a ciclistas
En vías interurbanas, los conductores que adelanten a un ciclista deberán reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente.
Cuando la carretera disponga de más de un carril por sentido, el adelantamiento deberá realizarse cambiando completamente de carril y manteniendo una separación lateral mínima de 1,5 metros.
En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril cuando las condiciones de seguridad lo permitan. Los vehículos a motor deberán mantener una separación mínima de cinco metros con los ciclistas que circulen delante de ellos en el mismo carril.
Equipamiento obligatorio para motoristas
La reforma introduce nuevas exigencias para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores.
El calzado cerrado que cubra todo el pie pasa a ser obligatorio en todo tipo de vías, mientras que los guantes de protección son obligatorios en vías interurbanas.
Las motocicletas podrán utilizar el arcén derecho en determinadas situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado y sin superar los 30 km/h.
La obligación específica de utilizar guantes con las características técnicas que determine una futura orden ministerial quedará vinculada a la entrada en vigor de dicha regulación técnica.
Carril de emergencia en retenciones
Una de las novedades que afecta directamente a los conductores en autopistas y autovías es la regulación del carril de emergencia.
Cuando una retención provoque que los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán apartarse para dejar un espacio libre destinado al paso de los vehículos prioritarios.
En vías de dos carriles por sentido, el espacio se dejará en el centro. En carreteras con tres o más carriles, los vehículos del carril izquierdo se desplazarán hacia la izquierda y los del resto hacia la derecha.
Qué ocurre cuando hay nieve
La nueva regulación establece que, cuando la circulación en autopistas y autovías se vea dificultada por la nieve, no estará permitido adelantar y los vehículos deberán circular por el carril situado más a la derecha.
El resto de carriles quedará libre para facilitar la circulación de los vehículos de emergencia y de los equipos quitanieves.
Vehículos inmovilizados
También se modifican las condiciones para rebasar vehículos inmovilizados por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico.
El vehículo que los rebase deberá mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la vía.
Nuevas condiciones para las autocaravanas
El Reglamento establece igualmente cómo debe realizarse el estacionamiento de las autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda.
No podrán desplegar elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán descansar sobre sus neumáticos —con posibilidad de utilizar calzos o cuñas de seguridad— y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
La DGT ha precisado que estas reglas regulan las condiciones de la maniobra de estacionamiento, mientras que las normas sobre dónde y cuándo se permite estacionar corresponden al titular de la vía dentro de sus competencias.
Más cambios en las calles y pasos de peatones
La reforma incorpora un nuevo título dedicado específicamente a la circulación en zonas urbanas y reconoce jurídicamente los caminos escolares seguros.
Además, como norma general, en los pasos de peatones regulados mediante semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones.
La reforma también elimina determinadas exenciones del uso del cinturón de seguridad para conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos destinados a la enseñanza de la conducción, que deberán utilizarlo en todo momento. Se mantiene una excepción específica para pasajeros de determinadas ambulancias asistenciales cuando, en servicio de urgencia, ocupen el habitáculo del paciente para prestar asistencia sanitaria durante el traslado.
Una entrada en vigor con algunas excepciones
Aunque la mayor parte de las modificaciones comenzaron a aplicarse ayer, 1 de octubre, no todas las medidas lo hacen al mismo tiempo.
El alumbrado obligatorio de los VMP y la nueva exigencia relativa a los cascos homologados de los usuarios de ciclomotores se aplazan hasta el 1 de octubre de 2027. En el caso de los guantes de protección homologados, la aplicación de las especificaciones técnicas queda pendiente de la correspondiente orden ministerial.
La reforma supone, por tanto, una actualización amplia de las reglas de circulación que afecta tanto a quienes conducen un turismo como a quienes se desplazan en moto, bicicleta o patinete, además de introducir nuevas normas para determinadas situaciones de emergencia y condiciones meteorológicas adversas.


