Alicante fija fechas y condiciones para las fiestas en urbanizaciones este agosto
La Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante ha dado luz verde a la celebración de las fiestas privadas de verano en urbanizaciones para el mes de agosto, estableciendo un calendario diferenciado y una serie de requisitos con el objetivo de compatibilizar la tradición festiva con el descanso vecinal.
El calendario aprobado contempla dos turnos: del 15 al 17 de agosto, para las urbanizaciones ubicadas en La Albufereta, Cabo de la Huerta y Playa de San Juan, y del 29 al 31 de agosto, para el resto de complejos residenciales privados de la ciudad.
La concejala de Urbanismo, Rocío Gómez, ha explicado que esta medida, aplicada desde hace varios años, responde a la necesidad de “unificar en fechas concretas todas las celebraciones, evitando en lo posible que los ruidos se prolonguen durante varios fines de semana consecutivos”.
La iniciativa está alineada con la Orden de la Conselleria de Emergencias e Interior que regula, entre otros aspectos, los horarios para espectáculos públicos, actividades recreativas y eventos socioculturales.
En el caso de las urbanizaciones de La Albufereta, Cabo de la Huerta y Playa de San Juan, la autorización abarca desde las 10:00 horas del viernes 15 de agosto hasta las 23:00 horas del domingo 17. Para el resto de urbanizaciones privadas, las fiestas podrán celebrarse desde las 10:00 horas del viernes 29 hasta las 23:00 horas del domingo 31 de agosto.
En ambos turnos, la música en directo o reproducida solo estará permitida entre las 22:00 y las 02:30 horas durante las noches de viernes y sábado, y hasta las 23:00 horas del domingo. Además, se establece un límite máximo de 90 decibelios para los equipos de sonido, con el fin de reducir el impacto acústico.
Para que una urbanización pueda celebrar estas fiestas, es obligatorio que la comunidad de vecinos presente una solicitud formal ante el Ayuntamiento. Este trámite debe realizarlo el presidente, secretario o administrador de la comunidad, especificando la fecha y características de la celebración.
El uso de fuegos artificiales estará permitido únicamente si cumple con la normativa recogida en la Ordenanza Municipal. Por su parte, las atracciones hinchables requerirán comunicación previa al Ayuntamiento e incluir la documentación técnica, certificados de seguridad y el seguro correspondiente.
Estas fiestas, habituales en muchas urbanizaciones alicantinas, suelen incluir actividades para vecinos y visitantes, desde concursos y comidas populares hasta actuaciones musicales y espectáculos pirotécnicos. El Ayuntamiento recuerda que la planificación conjunta de fechas pretende no solo facilitar la convivencia, sino también reforzar la coordinación de los servicios municipales de seguridad y limpieza durante estos eventos.

